Acciones de Bankia y el Tribunal Supremo.

En el día de ayer nos levantábamos con la noticia en la prensa de las resoluciones del Supremo rechazando dos recursos interpuestos por Bankia frente a  dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Valencia y Oviedo que condenaban a Bankia a devolver a dos adquirentes de acciones el precio de la inversión. La Sala de lo Civil confirma la existencia de "graves inexactitudes" en el folleto de la OPS (oferta pública de suscripción). Con ello se desmontan los argumentos de defensa de la entidad sobre los que se articulaban las contestaciones opoinéndose sistemáticamente a todas las demandas. 

Como decíamos aquí mismo hace un tiempo , las cuentas de Bankia no reflejaban la realidad de la entidad. Muchas voces se alzaban indicando que el mercado es libre y por ende quien invierte debe correr con el riesgo inherente a toda operación bursatil. Sin embargo no puede bajo ningún concepto admitirse  por parte de los reguladores el engaño sobre aquello que se me viene a ofrecer en un mercado reglado.Si  no es así estamos hablando de algo distinto. En el caso que nos ocupa lo que sucedió es que las cuentas se encontraban ya no meramente maquilladas sino que nada tenían que ver con lo que estaba sucediendo. 

Por lo que respecta a la prejudicialidad penal el Tribunal zanja igualmente la cuestión a través de estas dos resoluciones clarificando el panorama. 

Vuelvo a insistirles una vez más: Estamos encantados de defender sus derechos y reclamar lo que le pertenece. Si acudió a la OPS de la entidad recuerde que está a tiempo todavía de reclamar. Si no lo hace antes del mes de mayo su acción podría prescribir. Por tanto no lo deje para mañana y llámenos.

Lope Crespo de Lara Acha